Con base en jurisprudencias y resoluciones, el IEC emitió un Cuadernillo de Consulta para facilitar la interpretación del sentido del voto ciudadano.
El Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila (IEC), aprobó en Sesión Ordinaria de febrero pasado, la última reforma a los lineamientos que regularán el desarrollo de las sesiones de cómputo de votos en los procesos electorales en el estado de Coahuila de Zaragoza.
Voto reservado, válido y no válidos son los tres conceptos que maneja el Cuadernillo de Consulta sobre este tema, un documento que contiene una descripción didáctica e ilustrada de las muchas formas en que un ciudadano puede registrar su voto en la boleta.
El documento público en el portal del IEC, fundamenta su contenido en los artículos 288 y 291 de la Ley General de Instrucciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), anexo 17 del Reglamento de Elecciones (RE), y en ciertos precedentes dictados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El objetivo de la autoridad electoral es que en la sesión de cómputos, tanto distritales como municipales, en la que se realicen los recuentos de los sufragios emitidos durante la jornada electoral, se facilite la interpretación del sentido del voto ciudadano.
Esto para atender la intencionalidad de la voluntad del electorado y no se pierda de vista que el voto emitido puede contener diversos signos, leyendas, marcas, entre otras particularidades que permiten advertir la voluntad de la ciudadanía.
El voto que se considere reservado por generar dudas en su interpretación de validez o no, quedará registrado en una constancia que será resuelta en el pleno del Comité Distrital o Municipal, según sea el caso.
VOTO VÁLIDO
-Marcar un solo recuadro que contenga el emblema de un partido político o candidatura independiente.
-Marcar más de un recuadro en los que se contienen dos o tres emblemas de los partidos políticos de coalición entre sí, lo que en su caso, se registrará por separado y como voto para la candidatura de la coalición.
-Manifestar un nombre con apellido o apellidos de la candidatura registrado en el espacio para candidatos o candidatas no registradas.
-Marcar una “X” o “cruz” en un recuadro
-Marcar un símbolo distinto a la “X” o “cruz”, pero en el recuadro donde aparece el emblema de un partido y no aparece marca en otra parte de la boleta que ponga en duda lo anterior.
-Si se observa la palabra “SÍ”, siempre y cuando se encuentre dentro del recuadro correspondiente a un partido y mientras no sea injuriosa o difamante, es considerado voto válido.
-Una mancha en un sólo recuadro en donde elige la opción de su preferencia. Si alguna línea invade algún otro recuadro, pero se advierte con claridad que la parte sobresaliente fue accidental por lo que se tomará como válido.
-La intersección de la “X” usada como marca para emitir dicho voto cae al margen de otro recuadro.
-Se advierte una cruz sobre el centro del emblema
-Recuadro que encierra la casilla
-Marcar una equis “X”, sin que sea impedimento que en los demás recuadros existan diferentes marcas
-Cuando se encuentra la palabra “Sí” o una marca en un recuadro y la palabra “No” o un insulto en los demás recuadros, el voto debe considerarse a favor del partido o coalición en la que se haya asentado la palabra o marca positiva.
-Leyenda que inserta en la parte superior de la boleta es sólo una forma de expresión de la o el elector, sin que ello implique la nulidad del voto.
-Cruzar el recuadro de un partido político y, a la vez expresado una opinión en el recuadro destinado a las candidaturas no registradas, no implica la nulidad del voto.
VOTOS VÁLIDOS PARA COALICIÓN
-En la boleta se advierten marcas tanto en el recuadro de un partido como de otro, además de la frase, “Ya ganamos”, sin apreciarse otro señalamiento que permita cuestionar la validez del sufragio bajo estudio.
-En la boleta se asienta el nombre de la candidatura de cualquiera de los partidos contendientes o candidaturas independientes.
-En la boleta no se marcó ninguno de los recuadros que contienen los emblemas de los partidos políticos o coaliciones, pero en otra parte de la boleta se asienta el nombre de la candidatura de cualquiera de los partidos contendientes o candidaturas independientes
-En la boleta fueron marcados dos institutos políticos coaligados
-Si la boleta presenta una rotura o mutilación, de mayor o menor magnitud, pero se logran apreciar completos los recuadros de todos los partidos políticos para garantizar que la o el elector no marcó otra opción, y las marcas puestas en la misma es para partidos políticos en coalición son lo suficientemente claras, el voto se considera válido para la citada coalición
VOTOS VÁLIDOS PARA CANDIDATURA INDEPENDIENTE
-La marca debe estar en un solo recuadro o bien el nombre de la candidatura siempre y cuando la intención del elector sea clara.
-Si en una boleta no se marcó ninguno de los recuadros que contienen los emblemas de los partidos políticos o coaliciones, pero en otra parte de la boleta se asienta el nombre de la candidatura de
-Múltiples marcas.
-Aun cuando esté marcada la boleta a favor de un partido, pero va acompañada de una manifestación de repudio con una expresión que muestra un insulto o es denostativa y que no exprese voluntad de sufragar en favor de la candidatura.
-Cuando la boleta tiene una marca (paloma) característica del voto, y un insulto
-Boleta cortada impide conocer la verdadera intención del elector, pues cabe la posibilidad de que el ciudadano haya decidido desechar su voto, por ello su destrucción
-Marcas en recuadros destinados a partidos políticos que no conformaron coalición.
-Marcas en relación con el recuadro destinado para las candidaturas no registradas.
-Cuando el elector escribe su nombre en un recuadro o el de un candidato o personaje no registrado
-Es aquel sin marca en ningún cuadro que contenga el emblema de un partido político o candidatura independiente
-Cuando el elector marque dos o más cuadros sin que exista coalición entre los partidos cuyos emblemas hayan sido marcados.
cualquiera de los partidos contendientes o candidaturas independientes.
VOTOS NULOS
-Múltiples marcas.
-Aun cuando esté marcada la boleta a favor de un partido, pero va acompañada de una manifestación de repudio con una expresión que muestra un insulto o es denostativa y que no exprese voluntad de sufragar en favor de la candidatura.
-Cuando la boleta tiene una marca (paloma) característica del voto, y un insulto
-Boleta cortada impide conocer la verdadera intención del elector, pues cabe la posibilidad de que el ciudadano haya decidido desechar su voto, por ello su destrucción
-Marcas en recuadros destinados a partidos políticos que no conformaron coalición.
-Marcas en relación con el recuadro destinado para las candidaturas no registradas.
-Cuando el elector escribe su nombre en un recuadro o el de un candidato o personaje no registrado
-Es aquel sin marca en ningún cuadro que contenga el emblema de un partido político o candidatura independiente
-Cuando el elector marque dos o más cuadros sin que exista coalición entre los partidos cuyos emblemas hayan sido marcados.